¿Qué es una alberca, según la primera definición de la RAE?
Según la RAE en su primera definición, una alberca es un depósito artificial de agua, con muros de fábrica, para el riego. La palabra proviene del árabe hispánico albírka, y este del árabe clásico birkah.
Se trata de una obra hidráulica que se puede desarrollar con paredes para la creación del estanque o a partir de una excavación en la tierra. Por lo general su construcción obedece a la necesidad de riego de ciertas superficies.
El concepto de alberca, en cuanto que estanque artificial, es conocido en todas las civilizaciones. Es el uso intensivo de este tipo de recurso técnico para el regadío, lo que da relevancia al modelo de alberca andalusí.
Existen varios tipos: las de riego, suelen ser estanques de dimensiones reducidas, normalmente la necesaria para regar las parcelas a las que están asociadas, que reciben el agua de un ramal de acequia de uso común.
Las de distribución, son estanques de gran tamaño, cuya función es recoger agua procedente, bien de acequias principales, bien de escorrentías o de precipitaciones, para almacenarla y distribuirla en momentos de escasez.
Las ornamentales, se sitúan en el centro del patio, con acabado en ladrillo o piedra, y una pequeña fuente que vierte sus aguas a aquella.
Las de ocio, tenían un destino más relacionado con el ocio que con la mera ornamentación: juegos navales, baño, etc.
En México, Honduras y en determinadas zonas de Andalucía también se la denomina piscina, para practicar la natación.
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