Levirato es un término que procede del latino levir(cuñado). Se denomina así una costumbre propia de distintos pueblos del Próximo Oriente en la antigüedad, por la cual, a la muerte del esposo, una viuda sin hijos podía ser entregada como esposa a uno de los hermanos del esposo difunto e incluso a un hijo del marido nacido de otra mujer.

Para continuar la línea sucesoria y la descendencia familiar, el primer hijo nacido de este levirato sería el heredero del marido fallecido. Así se evitaba que las viudas quedaran sin recursos a la vez que la herencia no saliera de la familia.

El matrimonio por levirato se ha realizado en sociedades con fuerte estructura de clanes en los que se prohibía el matrimonio exogámico, es decir fuera del clan; en los pueblos panyabíes, jats, israelitas, hunos, mongoles y tibetanos.

El levirato es contemplado en el derecho babilonio y en el Antiguo Testamento. En el judaísmo, conocido como yibbum, es la unión ordenada en la Torá, en el libro del Deuteronomio, que obliga al hermano de un difunto, si este no ha tenido descendencia, a casarse con la viuda.

Hay una provisión, denominada halizah por la que una o ambas partes pueden elegir no cumplir esta ley.

En épocas de especial penuria económica (Segunda Guerra Mundial), se produjo un renacimiento del levirato. En estas circunstancias, los hijos adultos y los hermanos de un fallecido se consideraban responsables de sus parientes. Uno se casaba con la viuda y adoptaba sus hijos.

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