La Ley Nº 19.075 de Matrimonio Igualitario aprobada el 10 de abril de 2013 realiza una serie de modificaciones al Código Civil Uruguayo, otorgando así el derecho todas las personas, independientemente de si sexo, género y/o identidad, de contraer matrimonio.

Tras la sanción conseguida en el Congreso uruguayo, las parejas formadas por personas del mismo sexo pudieron, como cualquier otra, unirse en matrimonio, con todas las consideraciones legales que eso implica. Uruguay fue el segundo país en Latinoamérica en conseguir este derecho, después de que Argentina lo hiciera en 2010.

Tal como la mayoría de los países de la región, los requisitos son: ser mayor de edad y contar con cuatro padrinos, también mayores de edad. De haber estado casados anteriormente, se debe contar con el acta de divorcio ya finalizado, ya que en el caso contrario, la persona todavía no puede contraer nuevamente matrimonio. La nueva ley incorpora que se reconocen todas las identidades sexuales y de género, solo basta con que dos personas manifiesten su voluntad de casarse para poder hacerlo.

La Corte Interamericana de Derechos obliga a los países latinoamericanos a garantizar las uniones civiles, considerándolo como un derecho fundamental, entendiendo que, de lo contrario, se incurre en discriminación.

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