¿Cómo se denomina al juez de un tribunal de la sharia que también ejerce funciones extrajudiciales?
Un cadí (plural: cadíes) es un gobernante juez de los territorios musulmanes, que reparte las resoluciones judiciales en acuerdo con la ley religiosa islámica (la sharia). La palabra «cadí» significa juzgar o magistrado.
Del cadí se espera el máximo ejemplo de moral y buenas costumbres, al igual que un amplio conocimiento y comprensión del derecho y del Corán. Debe dar con su conducta muestras de valor y ecuanimidad, así como firmeza en sus decisiones.
De acuerdo con el derecho musulmán, los cadíes deben basar sus sentencias en la ijma (término árabe que se refiere al consenso ideal de la Ummah), aconsejados por los ulemas (la comunidad de estudiosos del islam y la sharía). Si las sentencias no parecen conformes al derecho, se las somete al mufti, que pronuncia en último recurso.
El nombramiento de los cadíes era una prerrogativa exclusiva de los soberanos, que los nombraban al igual que a sus visires y secretarios. Su cargo revestía gran dignidad y se sabe de su importancia dentro de la sociedad andalusí. De hecho, los cadíes se convirtieron en los virtuales censores de las máximas autoridades y en el único freno con que contaba el pueblo frente a las arbitrariedades de sus gobernantes.
El cargo estaba limitado por la potestad del soberano de turno, que podía solicitar la renuncia. Era justamente ese el medio por el cual un cadí dejaba su cargo: nunca el emir o califa echaba a sus jueces, sino que eran estos quienes se apartaban de su magistratura.
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