Una sociedad comanditaria simple es una sociedad mercantil de carácter personalista formada por socios colectivos que aportan trabajo a la sociedad y que pueden aportar, o no, capital, y también por socios comanditarios que tan solo aportan capital.

Este tipo de sociedades poseen una serie de características que las definen y las diferencian de las otras formas jurídicas. En primer lugar, encontramos que no existe un capital mínimo para la creación de sociedades bajo esta forma jurídica. Sin embargo, es necesario un mínimo de 2 socios para poder formarla.

La responsabilidad de los socios es diferente, los socios colectivos poseen la responsabilidad subsidiaria, personal y solidaria y los socios comanditarios tan solo poseen la responsabilidad del capital que han aportado. Los dos tipos de socios tienen derechos a participar en las ganancias y el patrimonio de la sociedad, pero

solamente los socios colectivos poseen el derecho a la gestión de la sociedad, los socios comanditarios tienen derecho a que se les informe del balance anual de la sociedad.

La denominación social debe ser el nombre de uno de los socios colectivos añadiendo la palabra “y compañía”, o el nombre de todos los socios, seguido de “Sociedad en Comandita Simple”. Cabe destacar que los socios comanditarios no podrán aparecer en el nombre de la sociedad.

Por último, las Sociedad en Comandita Simple se rigen por el régimen fiscal del Impuesto de Sociedades para su fiscalización y tributación.

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